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CARTELERIA TAURINA
DECRETO 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer).
CAPITULO I
Artículo 2. Festejos taurinos tradicionales
1. A los efectos de este reglamento, se consideran festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) los espectáculos en los que, popularmente, se sueltan, conducen, corren, torean o recortan reses bravas, sin que, en ningún caso, haya lidia de la res.
2. Se entenderán incluidas en este concepto las modalidades de suelta de vaquillas, toro embolado, encierros, exhibición de toros cerriles, bou a la mar, toro ensogado, concurso de recortadores y bou de corro, así como aquellas modalidades cuyo carácter tradicional esté debidamente acreditado en el territorio de la Comunitat Valenciana.
3. Se entenderá que una modalidad está debidamente acreditada respecto a su carácter tradicional cuando existan antecedentes ciertos de su celebración en el territorio de la Comunitat Valenciana. En este sentido, el carácter tradicional será incompatible con la introducción de elementos o medios materiales que supongan un riesgo para participantes, espectadores o reses, así como cuando suponga una desnaturalización de los mismos de acuerdo con su consideración como tales.
Artículo 3. Espectadores y participantes
1. A los efectos de este reglamento, tienen la condición de espectadores las personas que, sin participar en ellos, asisten a los festejos taurinos tradicionales desde los lugares a los que la res no puede acceder.
2. Tienen la condición de participantes en los festejos taurinos tradicionales, a los efectos de lo dispuesto en este reglamento, las personas que libre y voluntariamente toman parte en los mismos, asumiendo el riesgo y responsabilidad que se deriva de su participación, o se encuentren en el recinto de celebración del festejo por el que puede circular o acceder la res.
Artículo 36. Prohibiciones (CAPITULO IV)
1. En un festejo de bous al carrer:
a) No se permitirá la participación de menores de 16 años, que, únicamente, podrán acudir como espectadores.
b) No se permitirá la participación de personas que muestren falta de condiciones físicas o psíquicas para intervenir en el festejo. Se incluirá en este supuesto la falta manifiesta o la disminución de dichas condiciones motivada por la ingestión de bebidas alcohólicas o sustancias tóxicas.
c) Se respetará la integridad física de los animales, prohibiéndose la crueldad y el maltrato de las reses, el uso de palos, garrotes, pinchos, lanzamiento de objetos y cohetes contra estas, así como cualquier otra práctica que suponga tortura para los mismos.
Actos taurinosSeñalización actos taurinos
Tipo de archivo: PDF |
Castellano
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